El río Puyo, en camino de ser declarado sujeto de derechos
Las demandas a favor de los ríos y los sistemas hídricos aumentan, pero hay poco seguimiento de las acciones de protección. Los casos de la Amazonía son complejos.

La organización Pakkiru, del pueblo Kichwa de Pastaza, y la Defensoría del Pueblo, dieron un nuevo impulso a su demanda de acción de protección del río Puyo y su afluente principal, el río Pindo (Pindo Grande).
El 8 de junio de 2026 presentaron los alegatos finales en la audiencia convocada por la jueza María Elena Núñez en el Consejo de la Judicatura de Pastaza. Este 19 de junio de 2026 se tomarán muestras de las fuentes de agua del río y sus afluentes.
La organización demandante es apoyada por fundaciones y miembros de la sociedad civil. Antes de la audiencia del 8 de junio, la Jueza hizo un recorrido para verificar las descargas directas de las aguas servidas a los ríos Pindo y Puyo, junto a dirigentes y representantes de organizaciones sociales.
Se trata, según los accionantes, de hacer justicia por el cuidado del río Puyo, “emblema de la ciudad y fuente de vida para las comunidades". Si laJueza dicta sentencia favorable, los demandados podrán apelar en segunda instancia.
Y al Ministerio de Ambiente y Energía (MAE), a la Empresa de Agua Potable de Pastaza y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales de Pastaza y Mera y Provincial de Pastaza les quedará una tercera y última instancia ante la Corte Constitucional del Ecuador (CCE).
Fue lo que sucedió, por ejemplo, frente a la declaratoria del río Machángara de Quito, como sujeto de derechos en 2024, en función del artículo 71 de la Constitución vigente. El alcalde Pabel Muñoz y el equipo jurídico del Municipio estimaron necesario ir a esa instancia y perdieron en diciembre de 2025.

Los colectivos demandantes estiman que ahora sí pueden presionar al Cabildo quiteño por una hoja de ruta. Desde la declaratoria en primera instancia, el Municipio generó varios documentos y organizó mesas técnicas, pero los demandantes no se sentían escuchados.
Existen varios ríos que cuentan con esta declaratoria en Pichincha. El río Monjas la recibió en 2022. La CCE determinó que el Municipio vulneró los derechos de la naturaleza y de los habitantes del sector debido a la contaminación y el riesgo generado por la mala planificación urbana.
Ordenó al Municipio quiteño la ejecución de obras de estabilización y la creación de un plan de acción integral y políticas públicas para su remediación. Tanto en el caso del Monjas como en el del Machángara, las autoridades señalan limitaciones presupuestarias y de tiempo para cumplir las sentencias.

En 2023, una jueza declaró al río Alambi sujeto de derechos. Fue una respuesta a la acción de protección presentada por el colectivo Río Alambi contra el proyecto hidroeléctrico La Maravilla, en el noroccidente de Quito.
El área forma parte del Chocó Andino. Con el proyecto se intentaba desviar y captar hasta el 90% del caudal ecológico del río. En el fallo se determinó que el entonces MAATE dio permisos sin consulta ambiental y no consideró que el río ya era utilizado para otra planta generadora. Se anuló el registro ambiental.
El río Vilcabamba, en Loja, fue el primer río a escala mundial en recibir esta declaratoria en 2011. La accionada fue la autoridad local. Se dictaron medidas de reparación para que el Gobierno Provincial resuelva los daños causados y pida disculpas públicas.
El río Aquepi, en Santo Domingo de los Tsáchilas, fue declarado titular de derechos de la naturaleza, para salvaguardar su caudal ecológico. La CCE consideró en su sentencia que la ex Secretaría Nacional del Agua (Senagua) vulneró los derechos del río por falta de cuidado de sus caudales.
Asimismo, que el Gobierno Provincial vulneró el derecho de los habitantes al no hacer la consulta ambiental sobre el diseño, implementación y ejecución del proyecto y proyecto alternativo. Se dispuso una auditoría técnica e imparcial sobre los proyectos en marcha que afectan al río, con participación de las comunidades.
Hay casos especialmente difíciles como el del río Dulcepamba, en la provincia de Bolívar, que se remonta a 2002. En 2022, la CCE inadmitió una acción extraordinaria de protección presentada por la empresa Hidrotambo S.A.

En su momento, INREDH hizo notar que el MAATE incumplía con su obligación de control y de reversión de los permisos a la hidroeléctrica. Posteriormente la empresa realizó nuevos desvíos que han afectado a las comunidades de la cuenca, en especial la de San Pablo de Amalí.
Sobre los derechos de la naturaleza se ocupan decenas de organizaciones sociales agrupadas en la Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (Cedenma).
También está el Observatorio de los Derechos de la Naturaleza. Y Ecojurisprudence se autodenomina "el rastreador definitivo de leyes ecocéntricas en todo el mundo".
Ecosistemas protegidos y desprotegidos
El principal dictamen de la CCE sobre la protección de recursos hídricos en Cuenca es el de 2020. Aunque no otorga derechos de la naturaleza directamente mediante una sentencia de reparación, fue un hito al declarar constitucional la Consulta Popular impulsada por el Municipio de Cuenca.
La consulta prohíbe la explotación minera metálica (en pequeña, mediana y gran escala) en las zonas de recarga hídrica de los ríos de la capital de Azuay (Tarqui, Yanuncay, Tomebamba, Machángara y Norcay). Y blinda páramos como el de Kimsacocha, donde nacen los principales afluentes de la ciudad.
Pero hay otros casos de protección de recursos hídricos en que, pese a la declaratoria de reparación integral, las acciones no llegan. Es lo que sucede con los de la provincia de Napo, que en 2022 recibieron una sentencia de la CCE para reparar las áreas afectadas por la minería ilegal.
Las organizaciones sociales de la provincia continúan pidiendo que se cumpla la sentencia, pues "desde 2020 la actividad minera ilegal e irregular en Napo ha representado una amenaza a la seguridad nacional. Hoy, cerca de 3.000 hectáreas están afectadas, representando un estimado de USD 3.00 millones ilícitos".
En 2022, la Federación de Organizaciones Indígenas de Napo (FOIN) fue la principal accionante. La CCE exigió remediar los ríos afectados por la minería en la provincia. Las organizaciones piden, entre otras cosas, identificar a las autoridades responsables del incumplimiento en el control de la minería.
Los principales ríos y afluentes afectados se pueden clasificar por sectores críticos: la Cuenca del río Jatunyacu y Yutzupino, uno de los epicentros más críticos de extracción aurífera, donde la actividad ilícita ha alterado el cauce hídrico y deforestado cientos de hectáreas.
El Eje Punino, entre las provincias de Napo y Orellana, experimenta una rápida expansión de minería que ha deforestado más de 200 hectáreas a lo largo de sus riberas. La Zona del río Anzu incluye el impacto directo de la minería ilegal en afluentes como los ríos Chumbiyacu, Piocullín, Shichuyacu e Ila.
Las riberas del río Huambuno tienen una acelerada destrucción de sus riberas a causa de actividad minera ilegal, lo mismo que la Red de los ríos Puní, Cotona y Arajuno. Hay presencia militar en la región para enfrentar este problema, señalado como un efecto de la presencia del crimen organizados.
Además de estas sentencias judiciales, existen a nivel administrativo decenas de Áreas de Protección Hídrica (APH), sumando al menos 38 zonas declaradas por el Ministerio del Ambiente para conservar las cuencas, bosques y nacientes de agua a nivel nacional.

En la provincia de Sucumbíos, la acción de protección interpuesta por el pueblo A'i Cofán de Sinangoe en 2018 logró suspender y anular 20 concesiones mineras otorgadas y 32 en trámite en las riberas de los ríos Aguarico, Chingual y Cofanes. En enero de 2022, la CCE ratificó las medidas de reparación.
Los jueces constitucionales determinaron la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada, así como los derechos al agua, al territorio, al medio ambiente sano y a la naturaleza. Se estima que la sentencia estableció jurisprudencia vinculante sobre el consentimiento y la consulta indígena.
Segundo caso en Pastaza
En Pastaza, el caso del río Puyo tiene un antecedente: en septiembre de 2019, la Corte Provincial de Pastaza emitió un fallo a favor del pueblo Kichwa de Santa Clara, y paró la construcción de la central hidroeléctrica de Genefran S.A. El tribunal revocó la licencia ambiental y retiró el permiso de uso de agua.
Se determinó vulneración al derecho a la consulta previa, libre e informada de las comunidades indígenas, para quienes el río Piatúa es un elemento vital y sagrado dentro de su cosmovisión. Y también afectación a los derechos de la naturaleza, pues se amenazaba el equilibrio ecológico protegido por la Constitución ecuatoriana.
En 2020, la CCE seleccionó este caso para establecer jurisprudencia vinculante sobre cómo deben aplicarse los derechos de los pueblos originarios y el principio de consulta previa en proyectos extractivos y energéticos.


