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uso y gestión del suelo

Qué es la SOT, que castigó al Cabildo por edificio en zona de riesgo

La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo funciona desde 2016 y la designa el CPCCS. En 2024 tenía 98 servidores y gastó USD 2'669.836.

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06 feb. 2026 — 6 min read
Qué es la SOT, que castigó al Cabildo por edificio en zona de riesgo
Imagen referencial tomada del informe de la Secretaría de Ordenamiento Territorial.

No es común escuchar sobre la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT), que impuso la máxima sanción establecida en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS) al Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito (GAD DMQ).

El informe estableció medidas de reparación por la reactivación, en abril de 2023, de la licencia de construcción de un edificio en una zona de alto riesgo, y decidió trasladar el expediente a la Contraloría General del Estado (el detalle de este caso y sus reacciones se desarrollan más adelante).

Este tipo de tareas es usual para la SOT, que opera de forma desconcentrada a través de su matriz y sus siete Intendencias Zonales. Se ocupa de supervisar el uso del suelo tanto en el sector urbano como en el sector rural, bajo el esquema de nueve circunscripciones territoriales. La novena es el Distrito Metropolitano de Quito.

Fuente: Rendición de Cuentas 2024 de la SOT.

En su rendición de cuentas de julio de 2025, correspondiente al desempeño de 2024, da una serie de detalles sobre su origen, sus funciones, su ámbito, las tareas realizadas y los resultados obtenidos en el control del uso del suelo.

La entidad cita la disposición de la Constitución de 2008 de crear una Función de Transparencia y Control Social "que promoverá e impulsará el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés público".

La SOT empezó a funcionar tras la expedición de su ley orgánica el 5 de julio de 2016. Fue creada como entidad técnica de control, con capacidad sancionatoria y personalidad jurídica. Su objetivo es "vigilar y controlar el ordenamiento territorial y el uso del suelo por parte de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD)".

Opera desconcentradamente para controlar la gestión de los GAD en planificación territorial. Tiene autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa. Puede actuar de oficio o por requerimiento ciudadano.

Las y los superintendentes serán nombrados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) de una terna que enviará la presidenta o presidente de la República, conformada con criterios de especialidad y méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana".

Pablo Iglesias fue designado superintendente de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo por el Pleno del CPCCS el 4 de marzo de 2021. El proceso se realizó en el marco de selección de autoridades para el período 2020-2025, señaló en su momento el CPCCS.

En cuanto a los resultados de 2024, entre abril y octubre de ese año "se seleccionaron 23 casos en 15 Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales o Metropolitanos (GADM)", se evaluaron instrumentos y procesos y se hizo inspección (como mecanismo complementario), en dos fases de ejecución.

En los 23 casos hubo un total de 21 incumplimientos y 2 cumplimientos. En 16 se recomendó el inicio de un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS); en 5 se recomendó el inicio de dos PAS. En 2 casos se identificó observancia a la normativa.

Las últimas de las xx páginas de la Rendición de cuentas están dedicadas a los recursos humanos y económicos. En 2024, la SOT contó con 98 servidores y un presupuesto inicial de USD 2'389.488.67 que se amplió a USD 2'714.076,85, con una ejecución final de USD 2'669.836,47:

Fuente: eSIGEF. Elaboración: SOT

La institución cuenta con 1.325 bienes muebles por un valor de USD 867.177,96. registrados en el sistema de bienes del Ministerio de Economía y Finanzas.

La sanción y la reacción

La causa de la sanción al Municipio de Quito es reincidir en el cometimiento de la infracción prevista en el artículo 108, número 1, letra a, al haber emitido un acto administrativo que reactivó una Licencia Metropolitana Urbanística de edificación (LMU20) en un predio ubicado en una zona de alto riesgo.

La SOT considera que la licencia de construcción se reactivó pese a informes técnicos previos que advertían expresamente el peligro, así como de la normativa metropolitana urbanística que establece restricciones para edificar en áreas con susceptibilidad ante amenazas.

"Durante la sustanciación de este caso se constató que el GAD DMQ reactivó una LMU que se encontraba caducada, habilitando la construcción del proyecto denominado 'Panorama III” en un predio que presenta alto riesgo ante deslizamientos", se señala.

Aproximadamente el 50% de su superficie se localiza sobre un relleno de quebrada, con un talud artificial de pendiente superior al 70%, lo que compromete gravemente la estabilidad del terreno, precisa la SOT.

Esta situación fue advertida en el Informe Técnico de Calificación de Riesgo Nro. I-0060ECR-AT-DMGR-2022, emitido por la Secretaría de Seguridad y Gobernabilidad del Distrito Metropolitano de Quito, que señalaba el riesgo para la vida, integridad física y seguridad de la población aledaña, al encontrarse en suelo de uso residencial con cercanía a una arteria vial.

"La actuación del GAD DMQ constituye un nuevo acto administrativo, distinto al emitido y sancionado en el año 2023 por la SOT, que genera efectos jurídicos propios y diferenciados, configurando así la reincidencia en el cometimiento de la infracción administrativa establecida en la LOOTUGS", dice el SOT.

Asimismo, se verificó el incumplimiento del artículo 2214 del Código Municipal, que regula las normas de construcción sismorresistentes en su circunscripción territorial. De igual forma, el Oficio Nro. GADDMQ-SGSG-2021-2824-OF del propio GAD evidenció que el predio no contaba con informes favorables de la Secretaría de Seguridad ni de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, documentación necesaria para la emisión de licencias de edificación en áreas que presentan susceptibilidad ante amenazas.

Como medidas de reparación, la SOT dispuso que el GAD DMQ evalúe técnica y jurídicamente el procedimiento de reactivación de la licencia y asimismo identifique vicios que afecten su legalidad, declare su nulidad y adopte las actuaciones administrativas correspondientes.

Asimismo, que inicie el procedimiento de derrocamiento e indemnización, de ser el caso; garantizando el debido proceso, la seguridad jurídica y el respeto a los derechos adquiridos, conforme al ordenamiento jurídico vigente.

"Ante las omisiones e inobservancias del procedimiento por parte de los servidores del GAD DMQ y considerando además la reincidencia en la reactivación irregular de la licencia, la SOT trasladará el expediente a la Contraloría General del Estado, para que en el marco de sus atribuciones y competencias realice las acciones pertinentes".

El informe adjunta una comunicación de 16 de octubre de 2024 de la concejala Analía Ledesma en el que pide información sobre el caso, una vez que se ha enterado de que "con oficio No. STHV-DMGT-2023-1368-O de 24 de abril de 2023 emitido por el Ing. Darío Gudiño Carvajal, de la Secretaría de Territorio, enviado a la Secretaría de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se dispuso la reactivación, en el sistema SLUM, entre otras, de la LMU-20 correspondiente al Proyecto Panorama III".

Ledesma, del movimiento Izquierda Democrática, es vicepresidenta de la Comisión de Propiedad y Espacio Público del Distrito Metropolitano de Quito. Además preside la Comisión de Turismo y Fiestas del Municipio. Ha seguido el caso desde el 21 de diciembre de 2021.

En respuesta a su pedido de información, el Ing. Héctor Fernando Zamorano, director Metropolitano de la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, le presenta un informe en el cual concluye que en el caso del edificio se han cumplido los preceptos constitucionales y la ordenanza vigente.

El alcalde Pabel Muñoz, quien empezó su administración el 14 de mayo de 2023, reaccionó este 5 de febrero de 2025 a la sanción y señaló que se trata de un caso heredado que se arrastra desde 2017, con antecedentes legales y administrativos que se debaten mucho desde ese año.

El constructor argumenta contar con permisos y licencias de construcción otorgados por entidades competentes, mientras que otras instancias han advertido posibles riesgos para la zona, señaló el Alcalde.

El proceso ha atravesado distintas etapas, dijo, incluyendo la reactivación de la licencia en 2023 y pronunciamientos de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, lo que ha derivado en un escenario de controversia legal y administrativa.

El tema será tratado en el Concejo Metropolitano, anunció Muñoz, y anotó que la suspensión del proyecto no es un proceso simple, debido a litigios y argumentos jurídicos presentados por las partes involucradas.

 A su juicio, el caso refleja la complejidad de los proyectos urbanísticos con antecedentes previos. Reiteró que el Municipio analizará el tema en los espacios institucionales correspondientes.

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