Mercados de carbono y fondo de conservación, entre las reformas al Código Ambiental

La Asamblea planteó importantes reformas; el plazo para el pronunciamiento del Ejecutivo está corriendo

Mercados de carbono y fondo de conservación, entre las  reformas al Código Ambiental
La Laguna de Limoncocha es una de las principales áreas de protección ambiental del Ecuador. Foto: archivo Youtopía+Rett

El 17 de septiembre del 2024, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reformas al Código Orgánico del Ambiente (COA). A partir de esa fecha, el Ejecutivo tiene 30 días para pronunciarse.

En la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea se destaca que el objetivo de esta reforma es actualizar y clarificar la normativa frente a la gestión ambiental.

Se refiere a temas de impacto ambiental y servicios, así como alinear la legislación que se aplica en Ecuador con los compromisos internacionales.

“Con estas reformas del Código del Ambiente, no solo estamos protegiendo la biodiversidad del Ecuador sino que estamos abriendo la puerta al futuro, donde el desarrollo económico y la sostenibilidad ambiental caminan de la mano”.

Lo señaló el legislador Guido Vargas, presidente de la Comisión de Biodiversidad, durante la sesión de Pleno en la que se aprobaron las reformas, con el voto de 117 asambleístas.

Asambleístas de la Comisión de Biodiversidad celebran la aprobación de las reformas en el Pleno del 17 de septiembre del 2024. Foto: Flickr Asamblea Nacional

El alcance del proyecto

La reforma aborda temas relacionados con compensaciones por servicios ambientales; la regulación del mercado voluntario de carbono; la gestión de patrimonio forestal, registro y certificación.

Además, conservación de la vida silvestre; conservación de páramos, moretales y manglares, y planes e instrumentos para implementar en el ecosistema páramo.

En el proyecto se abarcan aspectos relacionados con el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental y la participación ciudadana.

También, se incluyen las facultades de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) en materia ambiental, áreas protegidas, servicios ambientales, entre otras.

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Las 20 principales reformas

1. El Estado deberá contar permanentemente con datos científicos y técnicos actualizados sobre biodiversidad y ambiente, y presentar un informe anual.

2. Los GAD se integran al Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (SNDGA), con más facultades en materia ambiental.

3.  Se amplía la participación ciudadana en la planificación, seguimiento, veeduría y evaluación de las políticas públicas en materia ambiental del SNDGA.

4. Los GAD deberán considerar en su planificación, los criterios de la ciudadanía, a través de los Consejos Consultivos Paritarios Locales.

5. En la planificación de la conservación de la biodiversidad se deberá considerar a actores relevantes, incluyendo comunidades, pueblos originarios, empresas, organizaciones de la sociedad civil y cualquier otro interesado.

6. La Academia participará activamente en la investigación científica por la conservación, aplicando un enfoque participativo a la conservación del patrimonio.

7. Para las modificaciones en los límites y cambios de categoría de las áreas protegidas se deberá respetar el principio de intangibilidad y los derechos colectivos de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

8. En cuanto a las áreas de conservación ambiental reconocidas por instrumentos internacionales se incluye a los páramos.

9. Para lo relacionado con los servicios ambientales y las compensaciones se incorporan los mercados de carbono (voluntario local, voluntario internacional, de cumplimiento).

10. A través del desarrollo de los mercados de carbono se generarán compensaciones con recursos públicos y privados (nacionales o extranjeros).

11. Se plantea crear el Fondo de Conservación para el Patrimonio Natural, Forestal y Vida Silvestre.

12. Entre las áreas que podrán acceder al mercado de carbono están bosques, manglares, plantaciones forestales y cualquier otro ecosistema que capture y almacene gases de efecto invernadero.

13. Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Cuerpos de Bomberos tendrán la obligación de participar en el control el Patrimonio Natural y Forestal del Estado.

14. Para el manejo sostenible de páramos, moretales y manglares se podrán aplicar conocimientos ancestrales y tradicionales, así como técnicas y tecnologías.

15. Instituciones públicas o privadas que cuenten con un departamento, área, y/o gerencia ambiental, deberán ser dirigidas por un profesional competente.

16. La Autoridad Ambiental emitirá una regulación especial para la clasificación y el análisis de proyectos de bajo, mediano y alto impacto ambiental.

17. Los profesionales que participen en estudios ambientales deberán demostrar formación académica y competencia.

18. La Autoridad Ambiental dictará los estándares de calidad que deberán cumplir los consultores ambientales para ejercer la consultoría en Ecuador.

19. La Autoridad Ambiental controlará y verificará la descontaminación de áreas afectadas por proyectos, obras o actividades de los sectores estratégicos, sean estas ocasionadas por malas prácticas, derrames o pasivos ambientales.

20. Los GAD cantonales, provinciales y parroquiales podrán elaborar planes de gestión de los residuos sólidos provenientes del sector agropecuario.

Fondo para Conservación

Una de las incorporaciones en el proyecto aprobado por la Asamblea es la propuesta de crear el denominado Fondo de Conservación para el Patrimonio Natural, Forestal y Vida Silvestre.

Este fondo se financiará con una asignación equivalente al 10% de la venta de bonos de carbono, bonos azules y bonos verdes; y, venta de servicios ambientales.

La administración y ejecución de estos recursos estarán bajo la responsabilidad del Ministerio del Ambiente y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales, en función de sus competencias, de la siguiente manera:

40% por el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica. 60% por los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales Amazónicos.

La distribución se realizará en proporción a la población de cada jurisdicción, de acuerdo con las cifras del último censo (INEC, 2022) y por afectaciones de impacto ambiental por los sectores estratégicos.

¿Debe haber o no un veto?

El 17 de octubre vence el plazo para que el Ejecutivo se pronuncie sobre el COA.

Desde la Comisión de Biodiversidad se espera que no haya ningún veto, sobre todo porque este proyecto le generará recursos a la Caja Fiscal.

Allí se refieren a la implementación de los mercados de carbono. En una entrevista con Youtopía, el presidente de la Asociación Carbono Ecuador, Marcelo Salame, señaló que el país pierde USD 2.000 millones por no participar de ese mercado.

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La exsubsecretaria Karina Barrera hace al menos cinco apuntes al proyecto por las cuales debiera haber un pronunciamiento del presidente Noboa.

  1. Los servicios ambientales y los mecanismos de aprovechamiento y compensación, en el contexto de los avances globales.
  2. Establecer un rol claro del Estado, a través de la Autoridad Ambiental, para controlar la aplicación de los principios de integridad, en las compensaciones por servicios ambientales y en el fortalecimiento que se requiere para hacerlo.
  3. Revisar el articulado de los tipos de mercados de carbono propuestos, para evitar que se destruyan los avances de política pública de cambio climático del país y otros mecanismos de financiamiento de programas como Socio Bosque.
  4. Establecer claramente los derechos que se adquieren sobre los créditos de carbono y en general, compensaciones ambientales, la distribución de beneficios, salvaguardas ambientales y sociales, para evitar retrocesos.
  5. Revisar la constitucionalidad del fondo, que no fue algo que se había discutido en ninguna de las versiones anteriores de la reforma al Código.