Ley de olas prioriza la biodiversidad sobre la energía marina
En la Asamblea avanza la ley de olas enfocada en biodiversidad y uso sostenible del mar, pese al alto potencial global de la energía undimotriz.
La Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional dio un paso decisivo al aprobar el informe para segundo y definitivo debate, del Proyecto de Ley Orgánica de Gobernanza del Espacio Marino-Costero, conocido inicialmente como Ley de Olas Rompientes.
Más allá de su avance legislativo, la propuesta deja clara una definición estratégica: el país no apostará por el aprovechamiento energético de las olas, pese al creciente interés global en este recurso.
Mientras en países como Portugal, Reino Unido o Australia se han impulsado proyectos para transformar el movimiento del mar en electricidad, la normativa local se orienta en sentido contrario.
El eje no está en la generación de energía, sino en la conservación de ecosistemas y el ordenamiento del litoral.

Un recurso energético con alto potencial global
Según la Agencia Internacional de Energías Renovables (Irena), la energía undimotriz —generada por las olas— tiene un potencial estimado de alrededor de 29.000 TWh a nivel mundial, muy por encima de los 1.200 TWh asociados a la energía mareomotriz (aprovechamiento de las mareas).
Aunque su desarrollo aún es incipiente, en términos teóricos podría cubrir una parte creciente de la demanda energética global.
El organismo también destaca que más de 30 países trabajan en estas tecnologías, con liderazgo europeo tanto en capacidad instalada como en innovación.
Sin embargo, no todos ven este potencial como una ruta inmediata. Especialistas en gestión costera advierten que la tecnología aún enfrenta desafíos técnicos, altos costos y posibles impactos ambientales si no se regula adecuadamente.
Este escenario global contrasta con la situación de Ecuador, donde cerca del 80% de la electricidad proviene de fuentes hidroeléctricas, lo que vuelve al sistema vulnerable a las condiciones climáticas.

Conservación por encima de explotación
El proyecto define a las 'olas rompientes', como un ecosistema estratégico y parte del patrimonio natural del Estado.
La denominada “zona de rompiente” es reconocida por su valor ecológico, mientras que su área adyacente podrá albergar infraestructura solo si no altera la dinámica natural del oleaje.
Durante el tratamiento del proyecto, el experto en hidrografía Humberto Gómez enfatizó la importancia de estas áreas: “son responsables de la transferencia de energía; liberan oxígeno suficiente para que estas zonas sean extremadamente ricas en este recurso; y logran un transporte de sedimentos de la zona costera, equilibrando varios de los procesos que realiza el ser humano”.
Añadió que “esta dinámica perpetua de los océanos configura hábitats y ecosistemas esenciales para especies costeras y marinas”, lo que evidencia su valor no solo ecológico, sino también para actividades como la pesca, el turismo y el deporte.

Energía bajo restricción
La normativa establece que cualquier infraestructura —incluidos sistemas de energía undimotriz— deberá someterse a controles estrictos y no podrá modificar la forma, fuerza o dirección de las olas en zonas protegidas. Este principio precautorio prioriza la conservación incluso frente a tecnologías limpias.
En la práctica, la ley funcionaría como un filtro que limita el desarrollo energético en el litoral, una decisión que genera lecturas divididas entre quienes defienden la protección del mar y quienes advierten sobre la necesidad de diversificar la matriz energética.
Una visión integral del uso del mar
Desde la Dirección General de Intereses Marítimos, su titular Carlos Zapata enfatizó en la Comisión de Biodiversidad, la necesidad de ampliar la mirada sobre el espacio marino: “el tema de las olas rompientes debe ser abordado desde una gestión integral y holística”.
En esa línea, precisó que esta gestión debe contemplar “la seguridad integral del Estado; el desarrollo productivo y social; así como la investigación, protección y mitigación de la contaminación en el medio marino-costero”.
Más allá de este enfoque, la ley apunta a corregir un problema estructural en la gestión del litoral en Ecuador: la toma de decisiones fragmentada.
Hasta ahora, actividades como la pesca, el turismo, la construcción de infraestructura costera o la investigación científica han operado con escasa coordinación, generando conflictos de uso y una presión acumulativa sobre los ecosistemas.
La propuesta plantea avanzar hacia una planificación integrada del espacio marino-costero, en la que cada intervención deba evaluarse no de forma aislada, sino considerando sus impactos sobre la biodiversidad, la dinámica del oleaje y otras actividades humanas.
El proyecto de ley se articula con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el ODS 14 (Vida Submarina), orientado a la conservación y uso sostenible de los océanos.
Galápagos y un régimen especial
La normativa propone herramientas como un Registro Nacional de Zonas de Rompientes y el fortalecimiento del Consejo Interinstitucional del Mar.
Además, impulsa la investigación científica y el monitoreo oceanográfico como base para la toma de decisiones.
Expertos señalan que estas zonas cumplen funciones esenciales: oxigenación del agua, transporte de sedimentos y configuración de hábitats marinos.
Su valor, por tanto, no solo es ecológico, sino también económico en términos de pesca, turismo sostenible y deporte.
En el caso de Galápagos, la ley reconoce su régimen especial de protección y planificación. La aplicación de la normativa deberá coordinarse con las reglas específicas del archipiélago, integrando su marco particular dentro de la gobernanza marina nacional.
Esto implica que la conservación de las olas rompientes y el uso sostenible del litoral se implementarán respetando las condiciones únicas de las islas, donde la actividad humana está estrictamente regulada para proteger ecosistemas altamente frágiles.

Biodiversidad en riesgo y presión social
El impulso de la ley también responde a alertas desde la sociedad civil, sobre la degradación de ecosistemas costeros.
María Cely Cajas, experta en conservación de fauna marina, advirtió que “la principal amenaza es la pérdida y alteración del hábitat, particularmente en las playas de anidación” de especies como la tortuga laúd.
Explicó que las olas y corrientes marinas cumplen un rol esencial en la orientación y reproducción de estas especies, lo que refuerza la necesidad de proteger integralmente estos entornos.
Casos documentados en playas ecuatorianas evidencian impactos por extracción de arena, contaminación y uso de maquinaria pesada.
En el ámbito jurídico, la abogada Kimberly Viracocha recordó que el país tiene obligaciones internacionales en materia de conservación y que la Constitución reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, lo que refuerza la necesidad de una normativa específica.
El informe para segundo debate, aprobado el 2 de marzo de 2026, plantea un cambio de paradigma: pasar de una visión puramente extractiva del mar a una gestión basada en la preservación de su dinámica natural.
Ahora se espera que el tema sea puesto a consideración del Pleno del Legislativo en el transcurso de los próximos días.

