Nuevo modelo de coordinación contra la malnutrición infantil

El Gobierno publicó el Reglamento de la Ley para Erradicar la Malnutrición. Se crea un Comité Intersectorial para la Prevención y Reducción de la DCI.

Nuevo modelo de coordinación contra la malnutrición infantil
La atención a los niños y niñas menores de dos años es fundamental para prevenir cuadros de desnutrición infantil. Foto: archivo Ministerio de Salud Pública

Ecuador puso en marcha un nuevo esquema de coordinación estatal para enfrentar la malnutrición infantil, tras la entrada en vigencia del Reglamento General de la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Malnutrición, promulgada y publicada en el Registro Oficial (RO), el 24 de febrero de 2025.

Con esta normativa, el país busca atacar un problema histórico desde un enfoque integral, sustentado en evidencia científica y orientado a la sostenibilidad.

La ley establece un marco de acción amplio y de interés social, con especial atención en niños, adolescentes, mujeres embarazadas y recién nacidos.

El Reglamento, publicado en el RO, Séptimo Suplemento No. 164, del 14 de noviembre de 2025, operacionaliza estas disposiciones y define cómo deberán articularse las instituciones para mejorar la nutrición en todo el territorio.

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Principio de sostenibilidad

El Reglamento introduce definiciones técnicas clave —como desnutrición crónica, emaciación, anonimización, hambre oculta y anemia por deficiencia de hierro— que permitirán ordenar la información.

Además, eso contribuirá a focalizar mejor los esfuerzos en zonas donde influyen simultáneamente factores ambientales, económicos y sociales.

Entre los principios rectores se destacan la intersectorialidad, la sostenibilidad y la no discriminación

Esto determina y obliga a las instituciones públicas a mirar la malnutrición no solo como un asunto de salud, sino como un síntoma de desigualdad territorial, falta de acceso a alimentos y vulnerabilidad frente al deterioro ambiental.

Un comité para romper la fragmentación institucional

La esencia del Reglamento es la creación del Comité Intersectorial para la Prevención y Reducción de la Desnutrición Infantil.

Esta instancia deberá coordinar políticas entre sectores históricamente desconectados: salud, educación, ambiente, agricultura, agua y protección social.

La idea es evitar duplicidades, cerrar brechas y asegurar que cada decisión esté respaldada por evidencia científica.

El Comité podrá apoyarse en subcomités técnicos y en un Consejo Consultivo compuesto por especialistas, encargado de aportar análisis y criterios científicos.

El Ministerio de Desarrollo Humano será el organismo rector en materia de prevenión y reducción de la desnutrición infantil.

El Reglamento es de aplicación obligatoria para todas las instituciones de la Función Ejecutiva y gobiernos autónomos descentralizados (GAD) provinciales, cantonales y parroquiales.

Los GAD deberán alinear sus programas -desde agua y saneamiento hasta producción de alimentos y salud materno-infantil- a un Plan Estratégico Intersectorial y a un Programa Presupuestario.

Con ello, se busca blindar las acciones frente a los cambios de administración y garantizar continuidad en la ejecución de la política pública.

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Consejo Consultivo y Paquete Priorizado

El artículo 12 del Reglamento establece la creación de un Consejo Consultivo Nacional para la Prevención y Reducción de la Desnutrición Infantil.

Ese Consejo estará integrado por un número máximo de 15 miembros de la sociedad civil, de las instituciones de educación superior, de la cooperación internacional y del sector privado.

El Consejo podrá proponer recomendaciones técnicas basadas en evidencias científicas, fomentar la creación de alianzas estratégicas, emitir criterios, entre otras actividades. Cada miembro durará en funciones dos años.

En cuanto al denominado Paquete Priorizado este se define como el conjunto de bienes y servicios destinados a madres gestantes, mujeres en períodos de lactancia, y a niños y niñas menores de seis años.

El Paquete contempla una serie de servicios: salud, desarrollo infantil, protección social, educación, acceso a vivienda, dotación de agua potable,saneamiento, manejo de desechos sólidos, registro social, entre otros.

En el Reglamento también se incorporan disposiciones enfocadas en la educación alimentaria y nutricional, con el fin de prevenir la malnutrición por exceso.

Malnutrición y problemas estructurales

Uno de los giros relevantes del Reglamento es el reconocimiento de que la malnutrición está vinculada a problemas estructurales: acceso desigual al agua potable, degradación del suelo, inseguridad alimentaria, pobreza energética y efectos del cambio climático.

El enfoque intersectorial obliga a planificar considerando la resiliencia de los sistemas alimentarios y la protección de los ecosistemas.

Aunque el nuevo marco es celebrado como un avance, especialistas advierten que el éxito dependerá de la capacidad de los distintos niveles de gobierno, para trabajar de forma articulada y sostener el financiamiento.

El seguimiento y la evaluación también serán claves para identificar qué estrategias funcionan y cuáles deben ajustarse.

El Reglamento General de la Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Malnutrición consta en el Decreto Ejecutivo Nro. 211, suscrito por María José Pinto, como Presidenta de la República (e), el 12 de noviembre de 2025.