Nueva regulación ambiental para el sector hidrocarburífero
Ecuador actualiza su normativa petrolera. Se establecen nuevos controles, auditorías obligatorias y cierre responsable de proyectos.

Con el objetivo de fortalecer el control ambiental en el sector hidrocarburífero, Ecuador emitió dos nuevas normativas importantes.
Se trata del Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas y los Lineamientos para el Cierre y Abandono de Proyectos Petroleros.
Ambos acuerdos, publicados el 18 de septiembre de 2025 en el Registro Oficial, actualizan las obligaciones de los operadores (empresas), modernizan los procedimientos técnicos y elevan los estándares de protección ambiental en todas las etapas de la actividad hidrocarburífera.
Las reformas al reglamento ambiental para operaciones hidrocarburíferas así como los lineamientos para el cierre y abandono de proyectos buscan mejorar la gestión ambiental en el sector.
Operaciones hidrocarburíferas
El Acuerdo Ministerial No. MAATE-MAATE-2025-0062-A introduce un nuevo Reglamento Ambiental de Operaciones Hidrocarburíferas.
De esta manera se reforma el Acuerdo Ministerial 100‑A, que fue publicado el 1 de abril de 2020, y actualiza la normativa vigente.
El objetivo es reforzar el marco ambiental vigente, clarificar los procedimientos operativos y actualizar las obligaciones de empresas que trabajan en la exploración y explotación petrolera.
Entre los puntos más destacados de esta normativa se incluyen:
- Mayor protección ambiental: Se endurecen los controles en zonas sensibles como áreas protegidas, y se prohíben prácticas que afecten la biodiversidad local.
- Responsabilidad clara de operadores: La normativa precisa las obligaciones ambientales de las empresas privadas y del Estado, en caso de generar daños al ambiente o dejar pasivos sin remediar.
- Auditorías en cambios de operador: Cuando un proyecto cambia de manos, se exige una auditoría ambiental para evaluar el estado del sitio y los pasivos existentes.
- Control sobre fraccionamiento y cesión de áreas: Se establecen procedimientos y requisitos legales para estas operaciones, así como sanciones por incumplimiento.
- Devolución de áreas al Estado: Para devolver concesiones, los operadores deben presentar auditorías ambientales y cumplir con planes de acción que garanticen la recuperación ambiental.
- Actualización técnica: Se modernizan procesos como el monitoreo ambiental, manejo de residuos, respuesta a emergencias y remediación de suelos contaminados.
- Mayor transparencia: Se fortalecen los sistemas de reporte y trazabilidad, lo que facilitará el control por parte de las autoridades y el acceso a la información por parte de la ciudadanía.

Cierre y abandono de proyectos
Junto al reglamento operativo, el MAATE también emitió el Acuerdo Ministerial No. MAATE-MAATE-2025-0061-A.
En esta norma se establecen los Lineamientos para la Actualización y Ejecución de Planes de Cierre y Abandono de Proyectos Hidrocarburíferos.
El documento actual define cómo deben cerrarse de forma segura y ambientalmente responsable los proyectos, obras o actividades petroleras que ya no están en funcionamiento.
Algunos aspectos claves del acuerdo incluyen:
- Tipos de cierre: Se reconocen dos tipos:
- Cierre técnico, cuando el pozo no resulta comercialmente viable.
- Cierre forzoso, cuando la decisión no se basa en razones técnicas ni económicas.
- Plan de cierre obligatorio: Antes de iniciar cualquier actividad de cierre, los operadores deben presentar una actualización del plan respectivo, que debe incluir:
- Identificación de impactos ambientales.
- Medidas de restauración del área afectada.
- Información detallada de la infraestructura.
- Reportes de cumplimiento normativo.
- Revisión y aprobación: La Autoridad Ambiental tiene un plazo máximo de 45 días para aprobar, observar o rechazar el plan, luego de realizar una inspección in situ.
- Sanciones: Iniciar el cierre sin aprobación formal puede acarrear sanciones administrativas y legales.
- Cierre forzoso de campos activos: Estos casos requieren un estudio de impacto ambiental específico y un proceso de regularización más exigente, que incluye participación ciudadana, presentación de pólizas y otros documentos.
- Seguimiento y auditoría: El cumplimiento de los planes será verificado mediante auditorías posteriores al cierre, y los operadores deberán colaborar activamente con las autoridades.
- Disposiciones transitorias: Los proyectos en trámite tienen 20 días desde la publicación del acuerdo para actualizar sus planes, y el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA) deberá adaptarse en el mismo plazo.
