Asamblea aprueba ley de fundaciones que incluye temas mineros y de empresas públicas
La norma se aprobó con el voto de 78 asambleístas. Se añadieron reformas para caducar concesiones mineras y liquidar empresas públicas.

De la misma manera como se hizo con la Ley de Áreas Protegidas, en el proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social se incorporaron temas ajenos al espíritu de esta iniciativa.
En el informe para segundo debate en la Asamblea Nacional se añadieron aspectos relacionados con las empresas públicas, concesiones mineras; así como con la planificación y las finanzas públicas.
El propósito de la Ley de Transparencia Social, cuyo nombre original fue Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, se enfocó en las organizaciones de la sociedad civil.
A través del proyecto, que fue enviado por el Ejecutivo como económico urgente el 29 de julio de 2025, se busca evitar el lavado de activos, que puedan afectar el desempeño de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro (OSSFL).
La normativa busca regular de forma más estricta el uso de fondos -especialmente donaciones- con el fin de evitar que las OSSFL sean utilizadas como vehículos para el lavado de activos, financiamiento del terrorismo u otros delitos conexos.
En la sesión del Pleno, que se realizó este martes 26 de agosto de 2025, se aprobó el informe para segundo debate, que fue elaborado por la Comisión de Desarrollo Económico. 78 asambleístas votaron a favor de la nueva ley.

El segundo debate en el Pleno
La norma aprobada busca establecer un marco jurídico que promueva la transparencia, la integridad y la rendición de cuentas de las OSSFL, que operan en todo el territorio ecuatoriano.
En este sentido, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) ejercerá la vigilancia, auditoría y control de las OSSFL, aplicando criterios de clasificación basados en su nivel de riesgo, volumen de recursos, origen de los fondos y alcance territorial, entre otros.
La ley también establece obligaciones diferenciadas de transparencia e integridad según el riesgo, incluyendo la implementación de sistemas de debida diligencia, identificación de donantes y beneficiarios, y la prevención del uso indebido de recursos.
En el marco de esta ley, las organizaciones deberán actuar con una cultura de integridad, implementando códigos de ética, sistemas de gestión de riesgos y responsables de cumplimiento institucional, especialmente aquellas clasificadas con riesgo alto.
La ley contempla incentivos para las organizaciones que adopten buenas prácticas en transparencia, integridad y rendición de cuentas, incluyendo reconocimiento público, certificaciones y priorización en procesos de cooperación y alianzas estratégicas.
La ponente del informe, asambleísta Mishel Mancheno (ADN), destacó que esta norma busca cerrar las puertas a los flujos irregulares de capital que financian el crimen organizado y debilitan la justicia fiscal.
Durante el debate, algunos legisladores expresaron críticas y advertencias sobre posibles riesgos de la ley. Liliana Durán de la Revolución Ciudadana (RC) cuestionó la incorporación de reformas fuera de la unidad de materia prevista en la Constitución, mientras que Alfredo Serrano (PSC) señaló la carga tributaria y la exoneración de deudas al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Paola Cabezas y Viviana Veloz (RC) alertaron sobre vicios de inconstitucionalidad y riesgos de centralización de poder; mientras tanto, Fernando de la Torre y Noemí Cabrera (RC) solicitaron medidas integrales frente a la violencia y el crimen organizado.

Cooperación en Amazonía y Galápagos
En lo que tiene que ver con la regulación de las OSSFL, tanto en el Reglamento de la Ley de Transparencia Social, así como en la normativa la SEPS, se definirán los mecanismos de control y supervisión.
Además, se establece que estas organizaciones sociales legalmente constituidas y activas deberán registrarse en el Sistema Unificado de Información, en un plazo máximo de 180 días, desde la entrada en vigencia de la Ley.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) exigirá a las organizaciones el certificado actualizado del registro en el Sistema de Información, como requisito para obtener o actualizar el RUC, y emitirá la normativa correspondiente para su aplicación.
Para reducir desigualdades y asegurar que los beneficios de la cooperación se queden en territorios priorizados, se otorgarán reconocimientos o certificaciones a las OSSFL que operen en Galápagos, provincias amazónicas u otras zonas prioritarias, "siempre que demuestren que la mayoría de sus gastos se realizan en esas localidades".
El Reglamento General de la Ley definirá las zonas prioritarias, los requisitos para las organizaciones y las autoridades encargadas de otorgar estos reconocimientos o certificaciones.
Reformas a Ley de Minería
Algo que no estaba contemplado en el proyecto original y tampoco se trató en el primer debate se refiere a reformas en la Ley de Minería.
En el informe para segundo debate se incorporaron textos enfocados en las etapas de exploración de la concesión minera, caducidad de derechos mineros, nuevas reglas para concesiones por subasta/remate, entre otras.
Por ejemplo, se incluye el siguiente texto que modifica el art. 110: “Las concesiones caducan cuando sus titulares han dejado de pagar las patentes, tasas, regalías y demás derechos o tributos establecidos en la presente Ley y su Reglamento”.
Además, la Agencia de Regulación y Control Minero deberá verificar que las concesiones mineras adjudicadas por subasta cumplan con la inversión mínima y comprometida, y reportarlo al Ministerio Sectorial para posibles acciones de caducidad.
También se incorpora que el titular de una concesión minera tiene hasta 4 años para explorar. Puede pedir 4 años más (exploración avanzada) si cumple con requisitos.
Luego, tiene hasta 2 años para evaluar el yacimiento y solicitar la etapa de explotación, con posibilidad de prórroga. Si no avanza en los plazos establecidos, la concesión se extingue.

Liquidación de Empresas Públicas
En el informe del proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social se incorporaron medidas urgentes para avanzar en la liquidación de empresas públicas.
Entre ellas, se prioriza el pago de deudas al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), así como la exoneración de multas, recargos e intereses judiciales para facilitar el cierre definitivo de estos procesos.
Además, se establece la necesidad de actuar bajo un marco normativo que garantice supervisión financiera adecuada, evitando el uso indebido de recursos públicos y previniendo su desvío hacia actividades ilícitas como el lavado de activos o el financiamiento del crimen organizado.
Las entidades responsables de la liquidación de tales empresas deben cumplir no solo con la ley, sino también con principios de transparencia, rendición de cuentas y eficiencia administrativa.
"La correcta gestión de activos y pasivos durante este proceso es fundamental para proteger el patrimonio del Estado, asegurar los derechos laborales y salvaguardar los intereses nacionales", se señala en el documento del informe.
Facilidades para transferir bienes
Las reformas al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas tienen como objetivo principal facilitar las transferencias de bienes entre entidades del sector público, mediante la exoneración del pago de tributos, tasas y contribuciones de distinta naturaleza.
Estas medidas buscan optimizar los procesos administrativos y financieros del Estado, especialmente en contextos como la liquidación de empresas públicas o la redistribución de activos entre instituciones estatales.
En este sentido, se establece que las transferencias de dominio o enajenaciones de bienes muebles e inmuebles entre entidades públicas, o cuando estas intervengan como compradoras o beneficiarias, estarán exentas de todo tributo fiscal, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Además, no se generarán tasas ni derechos a favor de notarías, registros de la propiedad, registros mercantiles o gobiernos autónomos descentralizados (GAD) por la formalización de estos actos, ya sea mediante escrituras públicas u otros documentos legales.
