13 empresas de energía limpia sancionadas en Perú en 5 años

Del 2020 al 2024, el Organismo de Fiscalización Ambiental (OEFA) ha multado a empresas de generación fotovoltaica y eólica por incumplir la normativa ambiental.

13 empresas de energía limpia sancionadas en Perú en 5 años
La mayor parte de sanciones de Oefa están relacionadas con el incumplimiento de planes ambientales. Foto: Ferrenergy Perú.

Por Fiorella Montaño

Perú cuenta con un potencial estimado de más de 125.500 megavatios (MW) para la producción de energía limpia. Esta capacidad apenas es cubierta por las Energías Renovables No Convencionales (ERNC), que representan menos del 6% de la producción nacional de electricidad. 

En este pequeño mercado, los incumplimientos ambientales, la imprecisión de normas y el debilitamiento institucional tienen un efecto; el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha iniciado procesos sancionadores contra 16 empresas y ha multado a 13 de ellas, según información obtenida por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información. 

Las amonestaciones fueron impuestas en el periodo comprendido entre enero de 2020 y diciembre de 2024. El monto global de las multas impuestas es de 600,7452 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a cerca de 817.327 dólares.

Entre las 13 generadoras sancionadas, se emitieron 20 resoluciones de sanción, y algunas de las compañías tuvieron observaciones de forma reiterada o en distintas operaciones.

Las infracciones más reiteradas están relacionadas con el incumplimiento de los planes ambientales de las operaciones y el desecho de residuos de la actividad.

El OEFA sancionó 37 infracciones, de las cuales 14 se refieren a la falta de monitoreos ambientales, 13 a la disposición de residuos, cuatro al incumplimiento de sus planes, tres a posibles riesgos ambientales y otros tres al desarrollo de actividades sin el permiso respectivo. Estas últimas son faltas graves.

Para Denisse Linares Suárez, especialista del Programa de Gobernanza y Gestión Ambiental de DAR Perú, la falta de un abordaje integral de la transición energética sería una de las posibles razones del incumplimiento de la normativa ambiental.

“No hay un marco normativo claro; si bien es cierto, los estudios de impacto ambiental sí tienen varios años en Perú, actualmente ni siquiera los proyectos mineros terminan de cumplir todo lo que les piden. También es porque los mecanismos sancionadores administrativos no terminan de cumplir su función”, señala la abogada.

Las sanciones más graves están referidas a la realización de actividades sin contar con instrumento ambiental. Foto: Engie Energy Perú, Dima y Guambos.

Los desechos de la actividad

La generación eléctrica produce residuos. Estos pueden ser peligrosos, no peligrosos, de construcción y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). Los residuos son causa de problemas ambientales en las áreas urbanas, rurales e industrializadas, ya que pueden generar impactos por su manejo inadecuado.

“La instalación de nuevas plantas no está exenta de potenciales impactos sobre el medio ambiente y debe desarrollarse con sensibilidad hacia el medio receptor para que pueda ser ambientalmente sostenible”, señala la guía para la elaboración de estudios de impacto ambiental de proyectos de plantas solares fotovoltaicas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de España. 

En Perú, la normativa establece como obligación reportar la Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos a través del Sistema de Información para la Gestión de Residuos para el ámbito municipal y no municipal (SIGERSOL).

La falta de cumplimiento de esta obligación fue sancionada por OEFA para las empresas Moquegua Fv S.A.C., Gr Taruca S.A.C., Gr Paino, Gr Taruca, Energía Eólica S.A., Engie Energía Perú S.A., Parque Eólico Tres Hermanas y Parque Eólico Marcona.

Engie Energía, a cargo de la Central Solar Intipampa, señaló que “la sanción fue por un error administrativo, pues los residuos fueron gestionados de manera correcta y declarados en el período posterior. Sin embargo, por un error en la carga de la información en la plataforma SIGERSOL, no se presentó la declaración de manera completa”.

La empresa, además, informó que entre las acciones que ha tomado para cumplir sus compromisos ambientales se encuentran la revisión y fortalecimiento de sus procesos administrativos, las auditorías internas y externas, la capacitación de su personal y el compromiso con la transición energética.

De la misma forma, Energía Eólica S.A. indicó que esta sanción obedeció a problemas administrativos y que sí presentaron las declaraciones en su debido momento. 

A diferencia de las anteriores compañías, que no ingresaron información en el portal de la entidad, según establece la norma, en el caso de Ferrenergy S.A.C. se sancionó que no segregó los residuos sólidos generados durante su actividad.

Otras sanciones impuestas a las mencionadas empresas están relacionadas con la falta de instalaciones adecuadas para el acopio de desechos.

Proyecto de Punta Lomitas, de Engie Energy.

La falta de monitoreos

Tras las deficiencias en la disposición de residuos de la operación, la falta del cumplimiento de monitoreos durante la puesta en marcha de la operación es el segundo motivo de sanciones. El incumplimiento de monitoreos de radiaciones no ionizantes es el más repetido en este grupo de infracciones.

Las radiaciones no ionizantes es un tipo de radiación de menor intensidad. Las generadoras realizan mediciones de intensidad de campo eléctrico proveniente de sus operaciones y las reportan a las autoridades ambientales.

Entre 2020 y 2024 se sancionó a las empresas Panamericana Solar S.A.C., Parque Eólico Tres Hermanas S.A.C., GTS Repartición S.A.C., Enel Green Power Perú S.A.C y Tacna Solar S.A.C. por la falta de medición de radiaciones no ionizantes durante algún periodo de su operación.

En estos casos, la impresión de las normas dificulta el monitoreo. En 2021, el OEFA sancionó a Enel Green Power Perú S.A -absorbida por Pluz Perú- con 0.529 UIT (equivalente a 2.327 dólares) por no realizar el monitoreo semestral de radiaciones no ionizantes en la Central Eólica Wayra I, correspondiente al primer semestre de la etapa de operación.

En sus descargos a la autoridad ambiental, la compañía señaló que “la legislación nacional del sector electricidad establece un plazo para la presentación de los resultados del monitoreo, mas no para la ejecución de dicho monitoreo, debiendo ello estar considerados en el instrumento de gestión ambiental”. Es decir, cada empresa puede establecer criterios diferentes para medir este parámetro.

“Sobre el debilitamiento en institucionalidad, están las estructuras deficientes. El Ministerio de Ambiente no está cumpliendo su rol de rectoría sobre estos asuntos”: Denisse Linares

Otros monitoreos que no se cumplieron medían el ruido, la calidad del aire y la presencia de especies de animales en la zona de influencia de la operación.

De 13 compañías sancionadas, en cinco años pasaron a ser seis por la absorción de algunas generadoras. Archivo.

Sanciones mayores

En estos cinco años, también se ha sancionado a empresas que realizaban operaciones sin contar con un instrumento o incumplían el componente de participación ciudadana. Faltas consideradas graves por la autoridad ambiental.

En 2022, se sancionó a Ferrenergy S.A.C.  por desarrollar generación y distribución de energía eléctrica en la Central Solar Fotovoltaica Agromin La Bonita sin contar con el instrumento de gestión ambiental aprobado por la autoridad competente desde el inicio de sus operaciones hasta el 14 de diciembre de 2020. La central se ubica en el distrito de Bella Unión, provincia de Caravelí, región Arequipa.

Durante este periodo se instaló un campo solar en un área aproximada de 12.146 metros cuadrados cuyos componentes comprenden paneles solares, una subestación eléctrica, un transformador de potencia, celdas de protección de media tensión y una línea de distribución, de aproximadamente 330 m de longitud.

La operación regularizó su permiso ambiental a finales del año 2020. Hasta este tiempo, también incumplió con la segregación de residuos sólidos generados por la entidad.

La empresa no presentó descargos ante el OEFA durante el desarrollo del proceso sancionador.

De la misma manera, Moquegua Fv S.A.C., empresa sancionada en 2021 con 501,452 UIT (601.113 dólares)  por no ejecutar el programa de comunicación del Plan de relaciones comunitarias en 2018 y 2019, no presentó sus descargos a la autoridad sancionadora.

La operación tiene una capacidad máxima de generación de potencia de 16 MW y una vida útil de 25 años. Su plan de relacionamiento con los ciudadanos del área de influencia comprende visitas guiadas semestrales a la población, reuniones trimestrales con autoridades y la recepción de quejas e inquietudes.

Estas obligaciones establecidas por la propia organización en su instrumento ambiental no se cumplieron en 2018 y 2019. Climate Tracker envió solicitudes a las empresas sancionadas para obtener su versión sobre las razones de los incumplimientos. Hasta el cierre de la edición no se obtuvo una respuesta oficial a los cuestionarios enviados.

Una situación que dificulta el acceso a los descargos de las empresas tiene que ver con el hecho de que muchas fueron absorbidas por otras y cambiaron de titularidad. De las 13 compañías sancionadas, pasaron a ser seis.

Es el caso de las multas a Enel Green Power Perú, que se convirtió en Pluz Energía. “La información que solicitas es sobre el negocio de generación eléctrica, del cual nosotros ya no participamos al ser ahora Pluz Energía”, indicó la empresa. 

Parque Eólico Tres Hermanas, GTS Repartición, Majes Arcus, Parque Eólico Marcona fueron absorbidos por Luz del Sur, que no informó sobre el estado de de las multas actuales. En la misma situación están Moquegua Fv, Panamericana Solar y Tacna Solar, cuyas plantas ahora son de propiedad del grupo Zelestra.

Para Denisse Linares, si se mantiene la falta de regulación e instituciones robustas que fiscalicen el cumplimiento de normas ambientales, no se podría hablar de una transición energética en Perú, sino más bien de un cambio de nombre. 

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Este artículo fue producido con el apoyo de Climate Tracker América Latina